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Las tarifas de agua potable son también competencia regional, Isabel

La tarifa del agua es un «precio autorizado» intervenido por el Estado, ya que el suministro que grava es un bien esencial.

Confusa y contradictoria fue, cuando menos, Fernando, la respuesta de la consejera de Empresa, Isabel López, a la pregunta de María Marín, portavoz del Grupo Parlamentario Mixto (Podemos-IU), sobre el cambio de criterios para revisar las modificaciones de tarifas del servicio de suministro de agua potable municipal, contestada con el cinismo distintivo de tu Gobierno.

La cuestión es que tanto el consejero de Economía como tú, Isabel, estáis autorizando incrementos de tarifas del agua potable desproporcionadas, injustificadas y que, presumiblemente, pudieran ser ilegales. Y aunque insistas machaconamente en que el Gobierno regional solo «se limita a revisar, verificar los precios que son competencia municipal», lo cierto es que en las órdenes del BORM que firmáis sobre las nuevas tarifas se puede leer claramente la palabra «autorizo», decidiendo así, o no, su conformidad normativa. El mismo servicio jurídico de la Consejería de Economía ratifica esta competencia vuestra. (Informe de 28-06-2024).

Y es así, porque la tarifa del agua es un «precio autorizado» intervenido por el Estado, ya que el suministro que grava es un bien esencial. Por ello, y aquí está el quid de la cuestión, sus revisiones periódicas no se rigen por la ley de contratos del sector público, sino por la legislación específica que regula dichos precios, como afirman la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el servicio jurídico de tu Consejería, Isabel, y la propia Dirección General de Administración Local.

Aplicar una u otra normativa no es baladí. Quienes defienden la aplicación de la ley de contratos justifican que se cargue a la tarifa toda la deuda que el ayuntamiento adquiere periódicamente con la empresa concesionaria por todos los conceptos contractuales; que se aplique la normativa de precios autorizados supone transferir a la tarifa solamente el incremento de costes efectivos del servicio.

Así que, sí, Isabel, habéis cambiado el criterio que manteníais desde junio de 2022, aplicando la normativa de precios autorizados, y desde abril de 2024 habéis retirado estas funciones a la persona que hasta ese momento venía realizando los informes, permitiendo ahora que se aplique la ley de contratos a la revisión de las tarifas bajo el amparo del apartado 1 de la Disposición Transitoria de la Ley de Desindexación de la economía española, como puede leerse en todas las órdenes de autorización de nuevas tarifas que firmáis.

¿Por qué? Imagino que el lobby que ejercen las empresas concesionarias no será ajeno.

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